LA SISTEMÁTICA GENERAL DEL "DE IURE BELLI AC PACIS"
- Hugo Grocio
- 1 may 2017
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El célebre tratado grociano se inicia con un discurso preliminar Prolegomena al que siguen tres libros. El discurso preliminar está destinado a sentar las bases metodológicas de una indagación sobre el derecho natural y a determinar las fuentes literarias de éste.
En el libro I, Grotius examina la noción de guerra, su justicia y sus clases, y los sujetos legitimados para emprenderla. El libro II considera las causas de la guerra, que Grotius ve en la iniuria, y que, en general, podemos identificar con la violación de los derechos, por lo cual, en realidad, de lo que viene a tratar ahí es precisamente de ellos.
De esa manera, los temas concretos que encontramos estudiados en este libro II son: los modos de adquirir el dominio de las cosas entre vivos, que Grotius clasifica en originarios y derivativos; los modos de adquirir los poderes sobre personas, es decir, los poderes de padre, marido, amo y soberano; la sucesión por causa de muerte en el dominio; y las obligaciones y sus fuentes: la promesa, el contrato, los tratados y los hechos ilícitos.
En el libro III, su autor examina los procedimientos bélicos, es decir, las reglas que rigen las contiendas.
Como se puede apreciar, la materia del libro II corresponde predominantemente a aquella que tradicionalmente denominamos "derecho privado", y a ella, pues, dedicaremos nuestra atención preferente en cuanto concierna a su ordo. Pero antes debemos dar una mirada al ordo de la materia de los tres libros, considerados como conjunto.
La observación del esquema brevemente expuesto con precedencia, muestra que Grotius redactó su libro según el sistema de las Institutiones de Gayo, que Justiniano recogió para su obra homónima. Por supuesto, ese sistema Grotius lo conocía sólo a través de esta última.
La estructura del sistema gayano-justinianeo es bien conocida. En resumen, consiste en un discurso sobre el ius examinado desde el punto de vista de sus fuentes; y enseguida en la distribución de todo el ius en tres tópicos: las personae, las res (divididas en corporales e incorporales, categoría esta última que incluye a los derechos reales, la hereditas y las obligationes), y las actiones (procesales).
Ahora bien, los capítulos 1 y 2 del libro I del De de iure belli ac pacis, exponen la doctrina del ius belli y de su antecedente, o sea, del ius en sí mismo, y sus divisiones en natural, de gentes y civil, todo lo cual podemos hacer equivalente a los títulos 1 (De iustitia et iure) y 2 (De iure naturali et gentium et civili) del libro I de las Institutiones. A partir del capítulo 3 y hasta el 5, que es el último del libro I, el tema viene a ser el de las "personas" ("sujetos" diríamos hoy) de la guerra. La materia del libro II son los derechos reales y sus objetos, sucesorios y obligatorios, o sea, las res (corporales e incorporales) en la terminología gayano-justinianea. En fin, el libro III, trata de la guerra en cuanto procedimiento prebélico, bélico y postbélico, equivalente a las acciones procesales de Gayo, equivalencia que expresamente hace en cierto modo Grotius.
Este es el sistema general del libro, en el que la impronta de las Institutiones es, pues, ostensible. Lo cual no resulta extraño, atendido que, como antes hicimos notar, en sus indagaciones sistemáticas, los humanistas solieron dar como bueno y confirmar al ordo de las Institutiones, por reconocer en su base a las operaciones que Cicerón había aconsejado como propias de la construcción de una perfecta ars iuris civilis.
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